¿Cuando se aplique el derecho de preferencia en la venta al socio o vecino?

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De Yabir Ibn Abdallah, que Al-lah esté complacido con ambos, [transmitido del Mensajero de Al-lah], que dijo según uno de los relatos: “El Mensajero de Al-lah, Él le bendiga y le dé paz, estableció que se aplique el derecho de preferencia en la venta al socio o vecino (chuf’aah) en todo lo que no haya sido dividido previamente. Sin embargo, si se delimitan los linderos y se determinan las vías, este derecho de preferencia deja de existir”.
عن جابر بن عبد الله -رضي الله عنهما- قال: (جعل وفي لفظ: قضى) النبي -صلى الله عليه وسلم- بالشفعة في كل ما لم يقسم، فإذا وقعت الحدود، وصرفت الطرق؛ فلا شفعة).